19 de julio, 2015 hasta el 30 de julio, 2015

Asesoría Fiscal. Real Decreto-Ley 9/2015 de 10 de julio

Circular de Asesoría Fiscal

 

Valencia, 20 de julio de 2015

 

 

 

El Real Decreto-Ley 9/2015 de 10 de julio, con entrada en vigor el 12 de julio (BOE de 11 de julio), introduce una serie de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

– Se fija un 15% el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares.

 

– Se fija con carácter general en un 15% el tipo de retención e ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos de actividades profesionales, suprimiéndose el tipo de retención reducido que existía cuando su volumen de ingresos del ejercicio inmediato anterior era inferior a 15.000 euros, y representara más del 75 por 100 de sus ingresos íntegros totales del trabajo personal y actividades económicas.

Asimismo se fija en un 7% en lugar del 9% existente el tipo de retención aplicable en caso de inicio de actividad y los dos ejercicios siguientes.

 

– Se sigue manteniendo para 2015 el tipo de retención del 37% para los rendimientos de trabajo percibidos por administradores, no obstante, cuando tales rendimientos procedan de entidades con un importe de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros, el porcentaje seguirá siendo del 20% cuando la obligación de retener hubiera nacido con anterioridad al 12 de julio y pasará a ser el 19,5% a partir de esta fecha.

 

– La retención sobre locales de negocio es del 19,5% hasta el 31 de diciembre de 2015.

 

 

[Ver Circular 09/15]