COMUNICACIÓN SOBRE EL CONCURSO DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL ANILLO VERDE METROPOLITANO
Habiendo tenido conocimiento de la Convocatoria por esa Consellería del mencionado concurso, advertimos a los colegiados nuestra oposición al mismo, en base a las alegaciones que contra él formularemos, que se basaran en síntesis en:
1.La falta de mención a los arquitectos como posibles sujetos destinatarios del concurso, cuando se trata de un trabajo que forma parte de nuestro acervo competencial, por su carácter de acción constructiva y planificadora usual (sin perjuicio de la reglas de la pluridisciplinariedad), tanto desde el punto de vistadel manejo técnico de sus contenidos, como de integración en los sistemas de ordenación del paisaje rural valenciano (art. 11 de la LOTUP); o de los Planes de acción territorial (art. 16 de la LOTUP).
La sola mención a las ingenierías con la preterición de los arquitectos, denota un claro partidismo de origen, incompatible con los principios que deben informar la acción administrativa de servir con objetividad los intereses generales (art. 103.1 de la C.E.), y de la incentivación a la máxima aparticipación y transparencia en los procesos selectivos de la contratación pública.
2.La inaceptable consideración como mérito de las magnitudes de honorarios anteriormente percibidos, al margen de los criterios de la solvencia técnica y económica.
3.Por lo elevado de la inicial cifra de 200.000 euros establecida como límite parala participación en el concurso.
Todo lo cual pudiera constituir una base lo suficientemente sólida para que las presentes alegaciones, de persistir la Consellería en su propósito, fuesen estimadas en vía administrativa o contencioso-administrativa, con la frustración de esfuerzo realizado por aquellos arquitectos que, aún a pesar de lo dicho, se decidiesen a participar.
En consecuencia, queremos que estéis debidamente informados de nuestra oposición a esta convocatoria, y las posibles consecuencias de nuestra impugnación.
En caso de estar interesado en aportar alguna sugerencia, os rogamos se remita a la mayor brevedad posible para formular la alegación en plazo.
Valencia, a 8 de enero de 2016